La Ley de Memoria Democrática, que reconoce el derecho a optar por la nacionalidad española a hijos y nietos de quienes hubieran sido originariamente españoles, ha hecho que muchos cubanos hagan foco y encuentren el camino para la resolución favorable de su solicitud en el Tratado de París.
Así se denominó el acuerdo de paz que dio por concluido el conflicto bélico entre el Reino de España y los Estados Unidos de América, luego de que el país norteño interviniera en la guerra de independencia cubana.

En el documento, firmado el 10 de diciembre de 1898 y ratificado por la Reina Regente María Cristina y el presidente estadounidense William McKinley cuatro meses después, la corona renunció a sus dependencias en las islas de Cuba, Puerto Rico, Filipinas y Guam.
El artículo IX de la norma explicaba que los españoles, naturales de la Península, residentes en los territorios que España cedía, podrían marcharse de dichos territorios o permanecer en ellos. Pero quienes optaban por quedarse estaban obligados a manifestar legalmente la intención de conservar su condición de españoles. La ausencia de dicha declaración se asumía como una renuncia a la nacionalidad del país ibérico para adoptar la del territorio de residencia.

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El Archivo Nacional de la República de Cuba, así como algunos homólogos locales (Las Tunas y Trinidad, entre otros) conservan fondos sobre los Registro de Españoles en Cuba. En ellos los descendientes pueden solicitar la búsqueda del acta firmada por su antepasado y de ser positivo el resultado, reciben la correspondiente certificación.
Según el folleto titulado Disposiciones, informes, consultas y resoluciones referentes al Registro de Españoles, publicado en el NUM. 347 del Boletín Oficial de la Secretaría de Estado de la República de Cuba, las actas ubicadas en la sección de ese organismo estatal sumaban 66 917. En apenas once días del mes de abril de 1900 se realizaron 32 904, poco menos de la mitad del total.

El artículo IX del Tratado de París constituyó un parteaguas en la vida de muchas familias de la época y sus efectos llegan hasta la actualidad, incidiendo directamente en los descendientes que intentan tramitar la nacionalidad española.
Encontrar la firma de un bisabuelo o bisabuela en los registros del Tratado de París constituye un elemento probatorio de que el ascendiente conservó y por tanto pudo transmitir a sus hijos la condición de nacional español.
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